Junta Administradora

De acuerdo a lo establecido en el Artículo 42 de la Ley Forestal Areas Protegidas y Vida Silvestre, se crea una Junta Administradora conformada por nueve integrantes institucionales. La Junta Administradora incorporará observadores rotativos en sus sesiones periódicas, de aquellos cooperantes que tengan fondos colocados en el FAPVS, quienes contarán con voz, pero sin voto en las sesiones respectivas.

En las sesiones de la Junta Administradora el Coordinador de la Unidad Ejecutora actuará como Secretario, quien tendrá voz, pero no voto.

Las instituciones nombraran a sus representantes ante la Junta Administradora, mediante nota de acreditación de conformidad al artículo 42 de la LFAPVS, su nombramiento será en forma ad-honorem y sin devengar dietas o Salarios, por el tiempo que consideren oportuno

La junta administradora estará integrada por:

  • Director Ejecutivo o Sub Director de ICF.
  • Sub Secretario de Estado de los Despachos de la Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente o su Representante.
  • Sub Secretario de Estado en el despacho Presidencial o su Representante.
  • Sub Secretario de Estado en el despacho de Finanzas o su Representante
  • Un o una representante del Consejo Coordinador de Organizaciones Campesinas de Honduras.
  • Un o una representante de la Asociación Manejadores del Bosque.
  • Un o una representante de las mesas de ONG’S co-manejadoras de Áreas Protegidas de Honduras (MOCAPH).
  • Un o una representante de la Federación para el Desarrollo de Honduras (FOPRIDEH).
  • Un representante del Sector Privado.

FUNCIONES DE LA JUNTA ADMINISTRADORA

La Junta Administradora se reunirá cuatro veces al año en forma ordinaria y extraordinariamente cuando sea necesario, por convocatoria de la Presidencia del FAPVS o a solicitud de un miembro titular, para cumplir con las siguientes funciones:
a. Asegurar que el FAPVS se rija por las regulaciones establecidas en su LFAVS, Reglamento General y Manual de Operaciones, así como el Plan Estratégico del SINAPH y del FAPVS; ello incluye el Plan de Sostenibilidad Financiera del SINAPH, el Plan de Inversiones y el Plan de Recaudación de Fondos.
b. Elegir o remover al Coordinador de la Unidad Ejecutora por mayoría de votos.
c. Aprobar y monitorear el Plan Operativo Anual y presupuesto anual para el FAPVS.
d. Monitorear el desempeño de la Coordinación de la Unidad Ejecutora y su Unidad de Gestión.
e. Conocer el dictamen técnico-financiero del CTA para aprobar o improbar los proyectos a ser financiados por el FAPVS.
f. Conocer y aprobar sobre las diversas opciones de manejo para los recursos financieros y sus cuentas administrativas, como los fideicomisos y el portafolio de inversiones transitorias.
g. Conocer los informes presentados por el Coordinador de la Unidad Ejecutora sobre la ejecución de los proyectos e instruirlo, si fuera el caso, para la buena ejecución de los mismos.
h. Informarse de los estados financieros y otros reportes contables proporcionados por el Fiduciario(s) y la Coordinación de la Unidad Ejecutora.
i. Informar anualmente a la sociedad hondureña de los logros y avances del FAPVS.
j. Analizar y de ser necesario, proponer cambios al Reglamento y Manual de Operaciones establecidos para el FAPVS.